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La usura medieval 2: la aceptación


En el pasado artículo vimos la usura desde la perspectiva teórica cristiana: era una actividad pecaminosa y aparecía criticada varias veces en las Sagradas Escrituras. Si bien esa era la teoría cristiana sobre el comercio, el lucro y la usura, ahora nos toca ver cuál era la realidad práctica en tiempos medievales. ¿La usura había sido erradicada con éxito por todos aquellos edictos y prohibiciones eclesiásticas? ¿Los usureros recalcitrantes eran perseguidos y castigados?

La usura nunca fue erradicada pese a la numerosa legislación que podemos encontrar contra ella. Por una parte, porque el préstamo fue y es una práctica económica necesaria en cualquier economía. Como ya dijimos en la anterior entrada, muchos gastos y proyectos requieren de un ahorro previo para ser llevados a cabo. Una cosecha requiere semillas, un arado animales de tiro, fletar un barco dinero… Y la realidad es que casi nadie, tanto en el medievo como hoy, dispone de suficientes ahorros para hacer sus planes realidad. El prestamista no es más que alguien con ahorros (propios o de un socio) que los presta, haciendo posibles los proyectos ajenos. El interés que pide a cambio, pese a las críticas que suscitó en muchas culturas, es sin embargo lo que alienta a prestar este servicio. De haber triunfado la eliminación del interés, pocos ahorradores se hubiesen animado a colaborar en los negocios ajenos, a sabiendas del riesgo existente de no ver cumplida la devolución, ya sea por estafa o por el fracaso de la empresa.

Una de las claves del fracaso antiusurario sería el hecho de que la Iglesia no tuvo armas eficientes para hacer cumplir su legislación. Algunas de ellas, aplicadas en numerosas ocasiones, eran la excomunión, la prohibición para ser enterrado en recintos sagrados, la obligación de devolver fortunas obtenidas ilícitamente, o la anulación de los testamentos. Los documentos conservados sobre algunos procesos contra usureros nos indican que sus actividades eran rara vez perseguidas, aun siendo prestamistas muy conocidos en sus ciudades, que habían llevado a cabo sus negocios por décadas sin obstáculo previo. Le Goff señala que muchos de los juicios iniciados contra usureros estaban motivados por la necesidad de beneficiar a miembros de la Iglesia o a sus protegidos frente a sus acreedores[1].
Otro elemento a considerar era el de los vacíos legales. Muchas prácticas usurarias podían camuflarse con suma facilidad. Falsos donativos, letras de “cambio seco”, préstamos sin interés no devueltos a tiempo que se cargaban con “multas”… Incluso los banqueros lombardos pagaron gustosamente una multa anual por practicar la usura, como si de una licencia para pecar se tratase.
Para Jacques Heers, otra prueba que confirma la escasa aplicación de las prohibiciones y lo habitual que era el crédito es la baja tasa de interés, que oscilaba entre en un 7 y un 12%. Es obvio que de ser una práctica perseguida y clandestina, su tasa de interés habría sido muchísimo más elevada[2]. Estos negocios podían verse fácilmente en lugares públicos. Préstamos, empeños, contratación de seguros… Y contrariamente a lo que pensamos, no lo practicaban en exclusiva los judíos o gentes del bajo fondo de las ciudades. Era algo a lo que se dedicaban los cristianos sin mayores problemas, incluso en el campo y en pueblos pequeños. Cualquier oficio que garantizase ciertos ingresos podía dar lugar a un ahorro que se derivara luego al préstamo con interés. Los testamentos son prueba de verdaderas fortunas, en los que un carnicero o un campesino enriquecido legaba a sus hijos el cobro de ciertas deudas contraídas por sus vecinos, además de las propiedades pendientes de embargo por impagos[3].
En algunos tiempos de mayor vigilancia legal, algunas grandes familias se dedicaron a ello bajo la fachada de un prestamista hebreo, como pasó en Siena y Mantúa en el siglo XV. En ocasiones la protección que las grandes familias italianas ofrecían sus socios judíos era tal, que hacían situar las oficinas de crédito en sus principales propiedades. Recurrían a los judíos tanto para ocultar sus actividades, como para evadir impuestos. Poliakov menciona que ante un intento del papa Pío II por imponer un tributo del 5% al capital de los judíos, nobles como los Sforza de Milán le pidieron reconsiderarlo, ya que ese impuesto recaería en realidad sobre el dinero de cristianos[4].


La incapacidad para frenar ciertas prácticas comerciales obligó a la Iglesia a plantearse su posición ante el comercio a lo largo del siglo XI, llegando al punto de que en el siglo XIII se comienza a aceptar que tales actividades eran necesarias y beneficiosas para la cristiandad. También influyó la adopción de nuevas tesis económicas modernas claramente capitalistas. Fue el paso de un pensamiento de autarquía total a la aceptación de que los intercambios eran necesarios, y con ello el beneficio empresarial del mercader que lo posibilita. Por supuesto, esto lo hizo una parte del clero, no su totalidad. Siguió habiendo un importante círculo de eclesiásticos que seguían condenando tales prácticas de lucro.
La propia Iglesia, sobre todo a partir del papado de Gregorio VII en el 1073, protegió a numerosos comerciantes de los abusos de algunos monarcas y señores. En el año 1074 Gregorio obligó a Felipe I de Francia, bajo amenaza de excomunión, a devolver las mercancías que había confiscado a unos comerciantes italianos. También vemos casos de obispos y abades que financian mercados, residencias y refugios para los comerciantes que transitan y hacen negocios por sus dominios, al tiempo que exigen respeto para ellos y sus bienes. Incluso los intentos de la Iglesia por hacer cumplir “la tregua de Dios” entre los señores laicos tenía como exigencia que se respetase a los mercaderes, del mismo modo que lo pedía para eclesiásticos, peregrinos o campesinos.

Hay que decir que este cambio de criterio también se vio influido por el ingreso en la Iglesia de numerosos hombres y mujeres procedentes de familias de comerciantes. Éstos, una vez en puestos privilegiados y con sus labor escrita defendieron y justificaron a sus parientes, haciendo que la imagen de este sector profesional fuese mejorando progresivamente, hasta el punto de ser visto como necesario para el progreso, la paz y la prosperidad social. Ejemplos notables en este sentido son los de los papas Inocencio IV y Adriano V en el siglo XIII, que procedían de la prestigiosa familia genovesa dedicada al comercio, los Fieschi.
Y no podemos olvidar a las órdenes mendicantes, como los franciscanos y los dominicos. Estos monjes, muy integrados en la vida urbana, tenían un fuerte vínculo con las familias comerciales al dedicarse a la educación de sus hijos y por ser grandes beneficiarios de sus donaciones.

Algunos de los argumentos que marcaron este cambio hacia el comercio y la usura fueron:
- El stipendium laboris, su derecho a ser visto como un trabajador y disponer de un salario o beneficio. Esta consideración se aceptó fácilmente para los comerciantes-viajeros; y con alguna dificultad añadida para el mercader sedentario. Pero el grado de utilidad y servicio que presta al conjunto social fue determinante. Y no cabe duda de que la inteligencia que hay detrás del uso que da a su dinero, su labor contable y organizativa es una profesión como las demás.
- La posibilidad de la pérdida, el damnum emergens. La propia naturaleza del comercio obliga al mercader a poner en riesgo su capital en inversiones que pueden terminar en fracasos y totales pérdidas. Al igual que un préstamo está sujeto al riesgo de no ser devuelto, o devuelto con gran retraso. Todo esto hizo que el interés fuese aceptado como una forma de compensar el riesgo que corre el inversor y el prestamista.
- El lucrum cessans, relacionado con el punto anterior. Consiste en la pérdida de un beneficio que sufre el usurero por prestar un capital, en lugar de haberlo dedicado a otro fin legítimo más lucrativo.
- La privación. Otro concepto relevante a comprender es que cuando alguien invierte o presta, pierde temporalmente parte de su patrimonio. Eso le impide emplear su justa propiedad para otros gastos, consumos u obligaciones, tanto personales como familiares. Este sacrificio en bien de otros también sería merecedor de compensación por tal servicio.
- El periculum sortis. El riesgo a que, durante el tiempo que transcurre entre el préstamo/inversión y la devolución/beneficio, el valor de la moneda baje por una fluctuación monetaria.


A las dificultades existentes para frenar la usura y el lucro, hay que sumar otro motivo que llevó a la Iglesia a reconciliarse con los comerciantes. Era la necesidad de aliados. Los conflictos entre el Emperador y el Papa durante la Querella de las Investiduras a partir del 1075 obligaron a Roma a buscar financiación y a congraciarse con importantes familias banqueras y ciudades que sostuviesen su poder en Italia.
No es raro encontrar testimonios de autoridades eclesiásticas saliendo en defensa de judíos o lombardos que han sido objeto de confiscación o saqueo. Y no tanto porque hubiese sido desvalijados por monarcas o bandidos, sino también cuando los atacantes eran gentes sencillas arruinadas por sus acreedores. Estos actos de venganza eran comunes, y tenían como objetivo expulsar a los prestamistas de la vecindad, anular las deudas contraídas y recuperar sus bienes por la fuerza. Los casos de extranjeros y judíos siendo protegidos por obispos y abades son numerosos a lo largo de la Edad Media. El crecimiento y enriquecimiento de burgueses y comerciantes los hizo muy atractivos a ojos de la Iglesia, al ser una fuente de importantes donativos y sostenedores del poder papal.
Hasta podemos destacar una forma de garantía esgrimida por unos prestamistas lombardos instalados en París, los Gallenari. Entre 1302 y 1305, éstos habían otorgado numerosos créditos a los campesinos de Île-de-France, teniendo como fianza las parcelas y los viñedos. En caso de impago, los deudores podían ejecutar la fianza, y podrían quedarse con las tierras como forma de compensación por la deuda impagada. La pregunta que nos surge es evidente: ¿Cómo podrían apropiarse de esas tierras si los campesinos se resistían? Una duda razonable, ya que esas resistencias eran comunes. Los prestamistas hallaron un aliado notable, la Iglesia. Cuando se cerraba el préstamo, se firmaban varias cartas de garantía que eran entregadas al obispado cercano, normalmente al preboste u otro oficial religioso local. Si los retrasos del préstamo se acumulaban o había negativas a la ejecución del embargo de tierras, los eclesiásticos usaban su autoridad para hacer respetar el acuerdo. Unas veces amenazando con la excomunión, y otras enviando agentes armados al lugar[5].
Los religiosos, pese a sus condenas tradicionales al mundo del lucro, no fueron siempre inocentes. Desde la Alta Edad Media no era raro encontrar que muchos monasterios se dedicaban al préstamo usurario pese a las duras prohibiciones que pesaban sobre ello. Además de las Órdenes Militares como el Temple, dedicado a la banca, y la Teutónica, dedicada al comercio internacional de lana. No debe extrañarnos, puesto que las órdenes eclesiásticas, tanto las monásticas como las militares eran instituciones con importantes ingresos, y combinaron su labor de ayuda al pobre con el préstamo a campesinos, nobles o comerciantes[6].



La flexibilidad del clero hacia el siglo XIII son tales, que en adelante, las únicas resistencias teóricas y prácticas que mantendrá contra la usura irán enfocadas a evitar el interés excesivo y abusivo por parte del prestamista. Haciendo, fundamentalmente, una clara distinción entre el buen mercader, moderado y justo; y entre el mal mercader, corrompido y avaricioso en exceso.


Bibliografía
- Le Goff, Jacques. La bolsa y la vida. Barcelona. 1987.
- Le Goff, Jacques. Mercaderes y banqueros en la Edad Media. Madrid. 2014.
- Heers, Jacques. La invención de la Edad Media. Barcelona. 2000.
- Jacques Heers, Le livre de comptes de Giovanni Piccamiglio, homme d'affaires génois.


[1] Jacques Le Goff, Mercaderes y banqueros en la Edad Media, p. 105.
[2] Jacques Heers, Le livre de comptes de Giovanni Piccamiglio, homme d'affaires génois (1456-1460), p. 50-52.
[3] Jacques Heers, La invención de la Edad Media, p. 278.
[4] L. Poliakov, Les Banchieri juifs et le Saint-Siège, p. 99-106.
[5] A. Jacques Heers, La invención de la Edad Media, p. 276.
[6] F. J. Peña Pérez. Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1349-1376). Nº152, p.13-16.


[1] Jacques Le Goff, Mercaderes y banqueros en la Edad Media, p. 105.
[2] Jacques Heers, Le livre de comptes de Giovanni Piccamiglio, homme d'affaires génois (1456-1460), p. 50-52.
[3] Jacques Heers, La invención de la Edad Media, p. 278.
[4] L. Poliakov, Les Banchieri juifs et le Saint-Siège, p. 99-106.
[5] A. Jacques Heers, La invención de la Edad Media, p. 276.

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