En el pasado artículo vimos la
usura desde la perspectiva teórica cristiana: era una actividad pecaminosa y aparecía
criticada varias veces en las Sagradas Escrituras. Si bien esa era la teoría
cristiana sobre el comercio, el lucro y la usura, ahora nos toca ver cuál era
la realidad práctica en tiempos medievales. ¿La usura había sido erradicada con
éxito por todos aquellos edictos y prohibiciones eclesiásticas? ¿Los usureros
recalcitrantes eran perseguidos y castigados?
La usura nunca fue erradicada
pese a la numerosa legislación que podemos encontrar contra ella. Por una
parte, porque el préstamo fue y es una práctica económica necesaria en
cualquier economía. Como ya dijimos en la anterior entrada, muchos gastos y
proyectos requieren de un ahorro previo para ser llevados a cabo. Una cosecha
requiere semillas, un arado animales de tiro, fletar un barco dinero… Y la
realidad es que casi nadie, tanto en el medievo como hoy, dispone de
suficientes ahorros para hacer sus planes realidad. El prestamista no es más
que alguien con ahorros (propios o de un socio) que los presta, haciendo
posibles los proyectos ajenos. El interés que pide a cambio, pese a las
críticas que suscitó en muchas culturas, es sin embargo lo que alienta a
prestar este servicio. De haber triunfado la eliminación del interés, pocos
ahorradores se hubiesen animado a colaborar en los negocios ajenos, a sabiendas
del riesgo existente de no ver cumplida la devolución, ya sea por estafa o por
el fracaso de la empresa.
Una de las claves del fracaso
antiusurario sería el hecho de que la Iglesia no tuvo armas eficientes para
hacer cumplir su legislación. Algunas de ellas, aplicadas en numerosas
ocasiones, eran la excomunión, la prohibición para ser enterrado en recintos
sagrados, la obligación de devolver fortunas obtenidas ilícitamente, o la
anulación de los testamentos. Los documentos conservados sobre algunos procesos
contra usureros nos indican que sus actividades eran rara vez perseguidas, aun
siendo prestamistas muy conocidos en sus ciudades, que habían llevado a cabo
sus negocios por décadas sin obstáculo previo. Le Goff señala que muchos de los
juicios iniciados contra usureros estaban motivados por la necesidad de
beneficiar a miembros de la Iglesia o a sus protegidos frente a sus acreedores[1].
Otro elemento a considerar era
el de los vacíos legales. Muchas prácticas usurarias podían camuflarse con suma
facilidad. Falsos donativos, letras de “cambio seco”, préstamos sin interés no
devueltos a tiempo que se cargaban con “multas”… Incluso los banqueros
lombardos pagaron gustosamente una multa anual por practicar la usura, como si
de una licencia para pecar se tratase.
Para Jacques Heers, otra
prueba que confirma la escasa aplicación de las prohibiciones y lo habitual que
era el crédito es la baja tasa de interés, que oscilaba entre en un 7 y un 12%.
Es obvio que de ser una práctica perseguida y clandestina, su tasa de interés
habría sido muchísimo más elevada[2]. Estos negocios podían
verse fácilmente en lugares públicos. Préstamos, empeños, contratación de
seguros… Y contrariamente a lo que pensamos, no lo practicaban en exclusiva los
judíos o gentes del bajo fondo de las ciudades. Era algo a lo que se dedicaban
los cristianos sin mayores problemas, incluso en el campo y en pueblos pequeños.
Cualquier oficio que garantizase ciertos ingresos podía dar lugar a un ahorro
que se derivara luego al préstamo con interés. Los testamentos son prueba de
verdaderas fortunas, en los que un carnicero o un campesino enriquecido legaba
a sus hijos el cobro de ciertas deudas contraídas por sus vecinos, además de
las propiedades pendientes de embargo por impagos[3].
En algunos tiempos de mayor
vigilancia legal, algunas grandes familias se dedicaron a ello bajo la fachada
de un prestamista hebreo, como pasó en Siena y Mantúa en el siglo XV. En
ocasiones la protección que las grandes familias italianas ofrecían sus socios
judíos era tal, que hacían situar las oficinas de crédito en sus principales
propiedades. Recurrían a los judíos tanto para ocultar sus actividades, como
para evadir impuestos. Poliakov menciona que ante un intento del papa Pío II
por imponer un tributo del 5% al capital de los judíos, nobles como los Sforza
de Milán le pidieron reconsiderarlo, ya que ese impuesto recaería en realidad
sobre el dinero de cristianos[4].
La incapacidad para frenar
ciertas prácticas comerciales obligó a la Iglesia a plantearse su posición ante
el comercio a lo largo del siglo XI, llegando al punto de que en el siglo XIII se
comienza a aceptar que tales actividades eran necesarias y beneficiosas para la
cristiandad. También influyó la adopción de nuevas tesis económicas modernas
claramente capitalistas. Fue el paso de un pensamiento de autarquía total a la
aceptación de que los intercambios eran necesarios, y con ello el beneficio
empresarial del mercader que lo posibilita. Por supuesto, esto lo hizo una
parte del clero, no su totalidad. Siguió habiendo un importante círculo de
eclesiásticos que seguían condenando tales prácticas de lucro.
La propia Iglesia, sobre todo
a partir del papado de Gregorio VII en el 1073, protegió a numerosos
comerciantes de los abusos de algunos monarcas y señores. En el año 1074
Gregorio obligó a Felipe I de Francia, bajo amenaza de excomunión, a devolver
las mercancías que había confiscado a unos comerciantes italianos. También
vemos casos de obispos y abades que financian mercados, residencias y refugios
para los comerciantes que transitan y hacen negocios por sus dominios, al
tiempo que exigen respeto para ellos y sus bienes. Incluso los intentos de la
Iglesia por hacer cumplir “la tregua de Dios” entre los señores laicos tenía
como exigencia que se respetase a los mercaderes, del mismo modo que lo pedía
para eclesiásticos, peregrinos o campesinos.
Hay que decir que este cambio
de criterio también se vio influido por el ingreso en la Iglesia de numerosos
hombres y mujeres procedentes de familias de comerciantes. Éstos, una vez en
puestos privilegiados y con sus labor escrita defendieron y justificaron a sus parientes,
haciendo que la imagen de este sector profesional fuese mejorando
progresivamente, hasta el punto de ser visto como necesario para el progreso, la
paz y la prosperidad social. Ejemplos notables en este sentido son los de los
papas Inocencio IV y Adriano V en el siglo XIII, que procedían de la
prestigiosa familia genovesa dedicada al comercio, los Fieschi.
Y no podemos olvidar a las
órdenes mendicantes, como los franciscanos y los dominicos. Estos monjes, muy
integrados en la vida urbana, tenían un fuerte vínculo con las familias
comerciales al dedicarse a la educación de sus hijos y por ser grandes beneficiarios
de sus donaciones.
Algunos de los argumentos que
marcaron este cambio hacia el comercio y la usura fueron:
- El stipendium laboris, su derecho a ser visto como
un trabajador y disponer de un salario o beneficio. Esta consideración se
aceptó fácilmente para los comerciantes-viajeros; y con alguna dificultad
añadida para el mercader sedentario. Pero el grado de utilidad y servicio que presta
al conjunto social fue determinante. Y no cabe duda de que la inteligencia que
hay detrás del uso que da a su dinero, su labor contable y organizativa es una
profesión como las demás.
- La posibilidad de la pérdida, el damnum
emergens. La propia naturaleza
del comercio obliga al mercader a poner en riesgo su capital en inversiones que
pueden terminar en fracasos y totales pérdidas. Al igual que un préstamo está
sujeto al riesgo de no ser devuelto, o devuelto con gran retraso. Todo esto
hizo que el interés fuese aceptado como una forma de compensar el riesgo que
corre el inversor y el prestamista.
- El lucrum cessans,
relacionado con el punto anterior. Consiste en la pérdida de un beneficio que
sufre el usurero por prestar un capital, en lugar de haberlo dedicado a otro
fin legítimo más lucrativo.
- La privación. Otro concepto relevante a comprender es que cuando
alguien invierte o presta, pierde temporalmente parte de su patrimonio. Eso le
impide emplear su justa propiedad para otros gastos, consumos u obligaciones,
tanto personales como familiares. Este sacrificio en bien de otros también
sería merecedor de compensación por tal servicio.
- El periculum sortis. El
riesgo a que, durante el tiempo que transcurre entre el préstamo/inversión y la
devolución/beneficio, el valor de la moneda baje por una fluctuación monetaria.
A las dificultades existentes
para frenar la usura y el lucro, hay que sumar otro motivo que llevó a la
Iglesia a reconciliarse con los comerciantes. Era la necesidad de aliados. Los
conflictos entre el Emperador y el Papa durante la Querella de las Investiduras
a partir del 1075 obligaron a Roma a buscar financiación y a congraciarse con
importantes familias banqueras y ciudades que sostuviesen su poder en Italia.
No es raro encontrar
testimonios de autoridades eclesiásticas saliendo en defensa de judíos o
lombardos que han sido objeto de confiscación o saqueo. Y no tanto porque
hubiese sido desvalijados por monarcas o bandidos, sino también cuando los
atacantes eran gentes sencillas arruinadas por sus acreedores. Estos actos de
venganza eran comunes, y tenían como objetivo expulsar a los prestamistas de la
vecindad, anular las deudas contraídas y recuperar sus bienes por la fuerza.
Los casos de extranjeros y judíos siendo protegidos por obispos y abades son
numerosos a lo largo de la Edad Media. El crecimiento y enriquecimiento de
burgueses y comerciantes los hizo muy atractivos a ojos de la Iglesia, al ser
una fuente de importantes donativos y sostenedores del poder papal.
Hasta podemos destacar una
forma de garantía esgrimida por unos prestamistas lombardos instalados en
París, los Gallenari. Entre 1302 y 1305, éstos habían otorgado numerosos
créditos a los campesinos de Île-de-France, teniendo como fianza las parcelas y
los viñedos. En caso de impago, los deudores podían ejecutar la fianza, y
podrían quedarse con las tierras como forma de compensación por la deuda
impagada. La pregunta que nos surge es evidente: ¿Cómo podrían apropiarse de
esas tierras si los campesinos se resistían? Una duda razonable, ya que esas
resistencias eran comunes. Los prestamistas hallaron un aliado notable, la
Iglesia. Cuando se cerraba el préstamo, se firmaban varias cartas de garantía
que eran entregadas al obispado cercano, normalmente al preboste u otro oficial
religioso local. Si los retrasos del préstamo se acumulaban o había negativas a
la ejecución del embargo de tierras, los eclesiásticos usaban su autoridad para
hacer respetar el acuerdo. Unas veces amenazando con la excomunión, y otras enviando
agentes armados al lugar[5].
Los religiosos, pese a sus
condenas tradicionales al mundo del lucro, no fueron siempre inocentes. Desde
la Alta Edad Media no era raro encontrar que muchos monasterios se dedicaban al
préstamo usurario pese a las duras prohibiciones que pesaban sobre ello. Además
de las Órdenes Militares como el Temple, dedicado a la banca, y la Teutónica,
dedicada al comercio internacional de lana. No debe extrañarnos, puesto que las
órdenes eclesiásticas, tanto las monásticas como las militares eran
instituciones con importantes ingresos, y combinaron su labor de ayuda al pobre
con el préstamo a campesinos, nobles o comerciantes[6].
La flexibilidad del clero
hacia el siglo XIII son tales, que en adelante, las únicas resistencias
teóricas y prácticas que mantendrá contra la usura irán enfocadas a evitar el
interés excesivo y abusivo por parte del prestamista. Haciendo,
fundamentalmente, una clara distinción entre el buen mercader, moderado y
justo; y entre el mal mercader, corrompido y avaricioso en exceso.
Bibliografía
- Le Goff, Jacques. La bolsa y la vida. Barcelona. 1987.
- Le Goff, Jacques. Mercaderes y banqueros en la Edad Media. Madrid.
2014.
- Heers, Jacques. La invención de la Edad Media.
Barcelona. 2000.
- Jacques Heers, Le livre de comptes de Giovanni Piccamiglio,
homme d'affaires génois.
[1] Jacques
Le Goff, Mercaderes y banqueros en la Edad Media, p. 105.
[2] Jacques
Heers, Le livre de comptes de Giovanni Piccamiglio, homme d'affaires génois
(1456-1460), p. 50-52.
[3] Jacques
Heers, La invención de la Edad Media, p. 278.
[4] L.
Poliakov, Les Banchieri juifs et le Saint-Siège, p. 99-106.
[5] A. Jacques
Heers, La invención de la Edad Media, p. 276.
[6] F. J.
Peña Pérez. Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1349-1376).
Nº152, p.13-16.
[1] Jacques
Le Goff, Mercaderes y banqueros en la Edad Media, p. 105.
[2] Jacques
Heers, Le livre de comptes de Giovanni Piccamiglio, homme d'affaires génois
(1456-1460), p. 50-52.
[3] Jacques
Heers, La invención de la Edad Media, p. 278.
[4] L.
Poliakov, Les Banchieri juifs et le Saint-Siège, p. 99-106.
[5] A. Jacques
Heers, La invención de la Edad Media, p. 276.

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